Nota de prensa
PEQU. CASOS COLECT. NUEVOS21/04/2015
ADICAE denuncia ante Competencia al Fondo de Garantía de Depósitos en relación al caso de Banco Madrid.
La Asociación califica de abusivo y contrario a la libre competencia que el FGD limite el pago de las indemnizaciones por Banco Madrid a los clientes de 6 bancos.
ADICAE reclama al Fondo que se rectifique de inmediato el requisito de disponer de cuenta en Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell, Popular o Bankia para poder percibir las indemnizaciones establecidas por ley.
Madrid, 21 de abril de 2015.- ADICAE ha presentado hoy una denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tras comprobar que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) únicamente abonará las indemnizaciones previstas por ley para los depositantes de Banco Madrid a través de cuentas abiertas en 6 bancos: Santander, Caixabank, BBVA, Sabadell, Popular y Bankia.
La Asociación estima que el FGD, dependiente del Ministerio de Economía, vulnera las normas relativas a la Competencia cuando se teledirige la necesidad de realizar la transferencia que corresponde por parte del FGD hacia 6 entidades financieras en concreto, perjudicando al resto de entidades frente a estas seis. Y es que no se entiende que las autoridades, en vez de estar de parte de los afectados y dar facilidades, traiga más trabas y dificultades, en un claro ejemplo de desgobierno y de favor al lobby de la gran banca.
Además, semejante decisión implica que todos aquellos consumidores que no mantengan una cuenta abierta en una de estas entidades tienen obligatoriamente que abrirse una, con los gastos y trámites que ello conlleva, lo que supone un claro perjuicio y trastorno, privilegiando a unos usuarios frente a otros.
En el marco en el cual se acordó el establecimiento del convenio que presumiblemente ampara el ‘privilegio’ de estas 6 entidades ADICAE recuerda que se desconocen los detalles concretos de dicha concesión. En todo caso ningún convenio puede justificar una minoración de los derechos de los usuarios especialmente cuando nos referimos a un precepto legal como es el caso del FGD, obligando a los usuarios a establecer una relación jurídica y mercantil.
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