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Nota de prensa

CONSUMO03/12/2010

La Audiencia Nacional expulsa definitivamente a Ausbanc del Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios

- Con la normativa vigente Ausbanc no es una asociación de consumidores
- Ha sido expulsada del registro por emitir publicidad comercial de bancos y cajas de ahorros en sus publicaciones.
- Ausbanc mercadea con los problemas de los consumidores. Fue expulsada de los procedimientos penales de Forum y Afinsa.

Ausbanc ha sido expulsada definitivamente por la Audiencia Nacional del Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios. Así lo impone una sentencia firme e inapelable del mes de octubre, que ha confirmado la del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo de 6 mayo de 2009. Ausbanc ha sido expulsada por emitir publicidad comercial en sus publicaciones, algo que las asociaciones de consumidores tienen prohibido. Destacan las inserciones publicitarias de bancos y cajas de ahorros, con el Banco Santander como anunciante destacado.

El Instituto Nacional del Consumo la expulsó en octubre de 2005 del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores tras comprobar que realizaba publicidad comercial. La entidad encabezada por Luis Pineda recurrió esta decisión pero la Audiencia Nacional la confirmó en sentencia del 6 de mayo de 2009. El juez encargado del caso consideraba ajustada a derecho la expulsión de Ausbanc del registro y probados los incumplimientos llevados a cabo por esta 'organización' de la normativa que regula el derecho de representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios a través de sus asociaciones. Ausbanc, con el único objetivo de dilatar el procedimiento, recurrió la sentencia. Finalmente su recurso ha sido desestimado y confirmada definitivamente su expulsión por sentencia de 6 de octubre de 2010 de la Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo.

En estas sentencias la Audiencia Nacional dejó claro que Ausbanc realizaba publicidad comercial. Afirmaba que “la actividad desempeñada por la parte actora -Ausbanc- (...) debía ser definida bajo el concepto de publicidad comercial”. La Audiencia Nacional, a través de esta sentencia, ha demostrado que la forma de actuar de Ausbanc hace absolutamente imposible cualquier pretensión de ser considerada, siquiera mínimamente, una asociación de consumidores.

A ello debe añadirse una cuestión fundamental: el hecho de que “la actividad comercial de publicidad se ha mantenido durante mucho tiempo, y no es que haya sido ejercida de forma ocasional o momentánea”, incide la Audiencia Nacional. Esta conciencia de estar incumpliendo las exigencias legales impuestas por la normativa de protección al consumidor desde 1984, así como su reiteración en el tiempo, revelan la verdadera naturaleza de Ausbanc, un negocio lucrativo de abogados que nunca ha cumplido los requisitos que la legislación impone a las asociaciones para considerarlas como tales.

Ausbanc no podrá representar a los consumidores

Al haber perdido su condición de asociación de consumidores, y teniendo en cuenta la actual legislación, no podrá actuar en nombre ni representación de los intereses generales, colectivos o difusos de los consumidores. Es preciso recordar que Ausbanc fue expulsada de los procedimientos penales de Forum y Afinsa por defender los mismos argumentos que estas empresas -de quienes recibió financiaciones millonarias- frente a los propios afectados, a quienes decía defender. Esto parece demostrar que su presunta “defensa” de los consumidores está condicionada a los propios intereses del negocio de Luis Pineda.

Tampoco podrá seguir utilizando su denominación de “Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios” ya que la legislación actual prohíbe a cualquier organismo que no esté considerado como una organización de consumidores utilizar los términos consumidor o usuario, la denominación de asociación de consumidores y usuarios o cualquier otra expresión parecida.

¿Dónde van a parar sus millones?

Con estas sentencias en la mano, sería aconsejable que intervinieran el Ministerio del Interior, la Agencia Tributaria e incluso la propia Fiscalía, que deberían tomar cartas en el asunto para iniciar una investigación sobre la verdadera actividad de la 'organización' que dirige Luis Pineda y su relación con el patrimonio de la familia Pineda-Cuadrado. ¿Es tolerable que lo que parece ser un negocio familiar se oculte bajo la imagen de “asociación sin ánimo de lucro”? Según nuestra legislación una asociación y sus dirigentes deben carecer de ánimo de lucro directo o indirecto para ser considerada como tal y poder inscribirse en el Registro de Asociaciones que gestiona el Ministerio del Interior.

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